Está prohibido. Santiago del Estero.
El Liberal tituló ayer: “La Gobernadora autorizó la puesta
en marcha de importantes obras en la provincia”. “La mandataría aprobó la
construcción de viviendas, la edificación y refacción de escuelas y jardines de
infantes, la repavimentación de rutas y la extensión de la red de gas natural”,
dice el copete.
El Código Electoral Nacional no llegó a Santiago. |
A once días de la elección nacional, la gobernadora y
abogada, Claudia Ledesma Abdala, se olvida del artículo "64 quáter"
-cuatro veces- del Código Electoral de la Nación (CEN), y la prohibición de
ciertas acciones en la campaña electoral.
Código
Párrafo 1. “Durante la campaña electoral, la publicidad de
los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente
la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos
públicos electivos nacionales”.
Párrafo 2. “Queda prohibido durante los quince (15) días
anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas
simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos
inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos
o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de
gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de
los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”.
Mirá el antecedente en Las Termas
Mirá el antecedente en Las Termas
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